Señores: ¿cuál es el principio
del Sr. Cortina? El principio de S. S., bien analizado su discurso, es el
siguiente en la política interior : la legalidad,
todo por la legalidad, todo para la legalidad, la legalidad siempre, la
legalidad en todas circunstancias, la legalidad en todas ocasiones: y yo,
señores, que creo que las leyes se han hecho para las sociedades, y no las
sociedades para las leyes, digo : la sociedad, todo para la sociedad, todo por
la sociedad, la sociedad siempre, la sociedad en todas circunstancias, la
sociedad en todas ocasiones.
Cuando la legalidad basta para salvar á la sociedad, la legalidad;
cuando no basta, la dictadura. Señores, esta
palabra tremenda, que tremenda es, aunque no tanto como la palabra revolución,
que es la mas tremenda de todas (…).
Digo, señores, que la dictadura
en ciertas circunstancias, en circunstancias dadas, en circunstancias como las
presentes, es un gobierno legítimo, es un gobierno bueno, es un gobierno
provechoso como cualquier otro gobierno, es un gobierno racional, que puede
defenderse en la teoría, como puede defenderse en la práctica. Y si no,
señores, ved lo que es la vida social. La vida social, señores, como la vida
humana, se compone de la acción y de la reacción, del flujo y reflujo de
ciertas fuerzas invasoras y de ciertas fuerzas resistentes.
Esta es la vida social, así como
esta es también la vida humana. Pues bien: las fuerzas invasoras, llamadas
enfermedades en el cuerpo humano, y de otra manera en el cuerpo social, pero
siendo esencialmente la misma cosa, tienen dos estados: hay uno en que están
derramadas por toda la sociedad, en el que estas fuerzas invasoras están reconcentradas
solo en individuos: hay otro estado agudísimo de enfermedad, en que se
reconcentran mas, y están representadas por asociaciones políticas. Pues bien:
yo digo que no existiendo las fuerzas resistentes, lo mismo en el cuerpo humano
que en el cuerpo social, sino para rechazar las fuerzas invasoras, tienen que
proporcionarse necesariamente á su estado. Cuando las fuerzas invasoras están
derramadas, las resistentes lo están también; lo están por el Gobierno, por las
autoridades y por los tribunales, y en una palabra, por todo el cuerpo social;
pero cuando las fuerzas invasoras se reconcentran en asociaciones políticas,
entonces necesariamente, sin que nadie lo pueda impedir, sin que nadie tenga
derecho á impedirlo, las fuerzas resistentes por sí mismas se reconcentran en
una mano. Esta es la teoría clara, luminosa, indestructible de la dictadura.
Y esta teoría, señores, que es
una verdad en el orden racional, es un hecho constante en el orden histórico.
Citadme una sociedad que no haya tenido la dictadura, citádmela. Ved, sino, qué
pasaba en la democrática Atenas, lo que pasaba en la aristocrática Roma, En
Atenas, ese poder omnipotente estaba en las manos del pueblo, y se llamaba
ostracismo; en Roma, ese poder omnipotente estaba en manos del Senado, que le
delegaba en un barón consular, y se llamaba como entre nosotros dictadura. Ved
las sociedades modernas, señores; ved la Francia en todas sus vicisitudes. No
hablaré de la primera república, que fue una dictadura gigantesca sin fin,
llena de sangre y de horrores. Hablo de época posterior. En la Carta de la
Restauración la dictadura se había refugiado ó buscado un asilo en el artículo
14: en la Carta de 1830 se encontró en el preámbulo; ¿ y en la república actual
? De esta no digamos nada. ¿Qué es sino la dictadura con el mote de República?
Aquí se ha citado, y en mala
hora, por el Sr. Galvez Cañero la Constitución inglesa. Señores, la
Constitución inglesa cabalmente es la única en el mundo, tan sabios son los
ingleses, en que la dictadura no es de derecho excepcional sino de derecho
común, y la cosa es clara. El Parlamento tiene en todas ocasiones, en todas
épocas, cuando quiere, pues no tiene mas límite que el de todos los poderes
humanos, la prudencia, este poder.
Tiene todas las facultades, y
estas constituyen el poder dictatorial, de hacer todo lo que no sea hacer de
una mujer un hombre, ó de un hombre una mujer, como dicen sus jurisconsultos.
Tiene facultades para suspender el habeas corpus, para proscribir por medio de
un bill d'attaner: puede cambiar de
constitución, puede variar hasta de dinastía, y no solo de dinastía, sino hasta
de religión, y oprimir las conciencias; en una palabra, lo puede todo. ¿Quién ha visto, señores, una dictadura más monstruosa?
Juan Donoso Cortes, Discurso
sobre la Dictadura (Extracto)
No hay comentarios:
Publicar un comentario